¿Qué es el RGPD y que implicaciones tiene para los departamentos de RRHH?

¿Qué es el RGPD y que implicaciones tiene para los departamentos de RRHH?

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es una nueva normativa europea que entró en vigor el 24 de mayo del pasado 2016, y que a partir de, próximo 25 de mayo de 2018 sustituirá a todas las normativas nacionales de protección de datos, y como es evidente tendrá una serie de implicaciones para los departamentos de Recursos Humanos. En concreto, el RGPD supone la derogación de la Directiva 95/46/CE.
La razón de ser de este nuevo reglamento unificado es sencilla: armonizar en todos los estados miembros de la Unión Europea la normativa de protección de datos y permitir la libre circulación de datos personales dentro del territorio comunitario.
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Como es lógico, dada la naturaleza de un departamento de Recursos Humanos, la protección de datos es imprescindible, y por ello debemos tener en cuenta no solo las novedades que se incluyen en este nuevo Reglamento, sino también las diferencias que existen entre el RGPD y la antigua LOPD. No nos olvidemos que es cuestión de meses que esta normativa entre en vigor con todas sus consecuencias.
El RGPD empuja a las empresas a reforzar sus niveles de seguridad en la gestión de la información, tanto de sus empleados como de sus clientes. Este nuevo reglamento supone una gran oportunidad para racionalizar la gestión de recursos humanos, mejorar los procesos y hacerlos más justos.
Además de las razones esgrimidas y la necesidad de disponer de una normativa a nivel europeo, escapando de las soluciones nacionales para conseguir una armonía en todo el territorio, y por supuesto lograr la libre circulación de datos, el principal motivo del desarrollo de un Reglamento actualizado es el avance de las tecnologías de la información.
El uso de las Redes Sociales, el análisis avanzado de los datos, la tecnología Big Data o el auge imparable del Internet de las Cosas hacen que la cantidad de datos disponibles sea cada vez mayor (se diría que la cantidad de datos crece de manera exponencial) y que, además, los mecanismos previstos para la protección de datos se hayan quedado obsoletos. Estos mecanismos y procedimientos ya no garantizan esa protección de los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas que antes comentábamos, y por tanto deberán ser sustituidos por los que propone el RGPD.
Este RGPD se aplicará a las empresas o profesionales responsables o encargados del tratamiento de datos (con domicilio social en Europa) que presten servicios a ciudadanos europeos, y también a empresas con domicilio social fuera de la UE que realicen tratamiento de datos en el ejercicio de su oferta de bienes o servicios a ciudadanos europeos.
En el siguiente artículo sobre el Reglamento General de Protección de Datos exploraremos en profundidad las principales diferencias con respecto a la LOPD que pueden afectar a tu departamento de selección.